Ley de borrón y cuenta nueva: Cambios en la normatividad de reportes en centrales de riesgo
Con la sanción de la ley denominada “borrón y cuenta nueva” se espera que la apertura de créditos en Colombia siga creciendo y que sea el camino para la recuperación de los efectos de la pandemia del Covid-19.
La Ley tiene por objeto modificar y hacer adiciones a la Ley 1266 de 2008, fortaleciendo el derecho al habeas data. En esencia esta norma lo que busca es que las personas reportadas en centrales de riesgo se pongan al día con sus obligaciones dentro de los doce (12) meses siguientes a la promulgación de la ley para que obtengan el beneficio de eliminar el registro negativo de los listados de las centrales de riesgo en un plazo de seis (6) meses.
COMUNICACIÓN O NOTIFICACIÓN PREVIA AL TITULAR DE LA INFORMACIÓN
Solo será posible realizar un reporte de información negativa a las centrales de datos, cuando exista un comunicación previa al titular con el fin de que este pueda demostrar el estado de la obligación, efectuar el pago de la misma o controvertir alguno de sus aspectos.
Las notificaciones deberán realizarse en la ultima dirección registrada por el titular y podrán efectuarse según lo dispuesto en la Ley 527 de 1999 en materia de comercio electrónico, es decir, la ley autoriza la realización de estas notificaciones por mensaje de datos.
Para realizar reportes negativos de obligaciones inferiores o iguales al 15% de un salario mínimo legal mensual vigente, se deberán enviar dos comunicaciones, ambas en días diferentes y deberá mediar entre la última comunicación y el reporte al menos 20 días calendario. Para las obligaciones de valores superiores se exigirá el envío de una sola notificación.
El incumplimiento de la notificación previa al titular de la información, en los casos en los que la obligación o cuota haya sido extinguida, dará lugar al retiro inmediato del reporte negativo.
Las obligaciones deberán reportarse una vez al mes con el ánimo de mantener la información actualizada, de esta forma, no podrán reportarse obligaciones 18 meses después de la mora. Los reportes deberán informar el numero de cuotas pagadas, el estado de la obligación a la fecha y el saldo en mora de manera veraz y actualizada.
CONSULTA DE INFORMACIÓN
A diferencia de la ley anterior en donde solo se autorizaba a los titulares consultar su información una vez al mes, la nueva ley permite que los usuarios accedan a consultar su información en cualquier momento y de manera gratuita.
Las centrales de riesgo deberán disponer de aplicativos digitales para que los titulares de información puedan acceder y recibir comunicaciones cuando se reporta una nueva obligación en la historia de crédito.
Los titulares de la información podrán realizar peticiones, reclamos y solicitar corrección de sus datos ante inconsistencias, estos deberán ser resueltos en un plazo no mayor a 15 días hábiles contados a partir de su presentación y prorrogables por 8 días hábiles adicionales. En caso de no darse respuesta a la petición realizada en el termino establecida se entenderá por aceptada.
ACTUALIZACIÓN Y RECTIFICACIÓN DE DATOS
En los casos en los que se realice el reporte sin el cumplimiento de la notificación y los términos previstos, se deberá retirar el reporte y cumplirse con la notificación antes de realizarlo nuevamente.
TERMINOS DE PERMANENCIA Y CADUCIDAD DE LA INFORMACION NEGATIVA
- Amnistía general para pago durante 12 meses a partir de la entrada en vigencia de la ley: aplica para los deudores que paguen o extingan su obligación en mora antes o durante la entrada en vigencia de la ley, de acuerdo a las siguientes condiciones:
- Obligaciones pagadas 6 meses antes de la vigencia de la ley: el dato negativo se eliminará de manera automática.
- Obligaciones pagadas antes de la vigencia de la ley con mora inferior a 6 meses: Cuando la obligación en mora ha sido cancelada y el reporte negativo lleva menos de seis meses desde que se extinguió la obligación, la información permanecerá en las centrales de riesgo el tiempo que falte para completar dicho término.
- Obligaciones con mora inferior a 6 meses pagadas durante la vigencia de la ley: Se pasa de conservar el dato negativo del doble de la mora, a la misma mora contado a partir del pago de la obligación.
- Obligaciones con mora igual o mayor a 6 meses pagada durante la vigencia de la ley: con la extinción o pago de cuotas vencidas el dato negativo permanecerá durante 6 meses contados a partir del pago.
- Retroactividad: personas que lleven mas de 8 años reportados saldrán de las centrales de riesgo de manera automática.
- Amnistía especial: será otorgada para deudores de los siguientes sectores a quienes con el pago de la obligación se les concede la caducidad inmediata: Icetex, Mipyme, sector turismo, pequeños productores del sector agropecuario, personas naturales que ejerzan actividades comerciales o independientes, victimas del conflicto armado, jóvenes y mujeres rurales que tengan crédito agropecuario con Finagro.
- Emergencia sanitaria: obligaciones adquiridas entre el 12 de marzo de 2020 y el 31 de diciembre de 2020 no serán reportadas en las bases de datos, siempre que los titulares hayan reestructurado su obligación.
La amnistía es una medida única y excepcional, por lo tanto si se reincide en la mora, esta permanecerá el doble del tiempo y máximo 4 años, como aplica la regla general. Si el deudor no realiza el pago dentro del año siguiente a la vigencia de esta ley, el dato negativo se reflejará en el historial de crédito el doble del tiempo de la mora y hasta 4 años contados a partir del pago de la obligación.
RESPONSABILIDAD DEMOSTRADA Y POLITICAS INTERNAS EFECTIVAS
Las fuentes, usuarios y operadores deberán cumplir con el principio de responsabilidad demostrada e implementar unas políticas internas efectivas para el cumplimiento de sus obligaciones de acuerdo a las leyes de protección de datos. La ley de borrón y cuenta nueva aumenta las sanciones hasta los 2.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes.